El candidato de la Libertad Avanza amenaza con hacer volar por los aires el Art.14bis de la Constitución nacional. En coincidencia con el supremo Rosenkrantz, niega que ahí donde hay “una necesidad debe haber un derecho”. El autor analiza la importancia de los derechos conquistados y reafirma que la justicia social va de la mano de la lucha.
Por Miguel Julio Rodríguez Villafañe*
El 13 de agosto de este año 2023 Javier Milei, al ganar las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.) en su discurso triunfal gritando dijo: “Estamos ante el fin del modelo de la casta, basado en esa atrocidad de que donde hay una necesidad nace un derecho, pero se olvidan de que alguien lo tiene que pagar. Cuya máxima aberración es la justicia social, pero se olvidan de que es injusto que la paguen solo algunos”.
Aún más, Milei también había sostenido, respecto del artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que “es la idea de la justicia social materializada en un artículo” y por ello, dicha norma es “parte del cáncer argentino”, razón por la cual haría todo lo posible por declararla nula, en caso de acceder a la presidencia.
El artículo 14 bis establece que: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial. Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo. El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable… jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”.
El artículo anterior fue complementado por la reforma constitucional de 1994, cuando determinó que el Congreso Nacional debe: “Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad…”, (art. 75, inc. 23).
También hay que recordar que, desde la misma perspectiva negativa de la justicia social, ya en junio de 2022, el actual vicepresidente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación Carlos Rosenkrantz, en la Universidad de Chile había sostenido que: “Hay una afirmación que yo veo como un síntoma innegable de fe populista y en mi país se escucha con frecuencia, según la cual detrás de cada necesidad debe haber un derecho”.
Tanto Milei como Rosenkrantz se han referido, evidentemente, en contra de una de las valiosas frases históricas que pronunció Eva Perón y que implican el eje de una búsqueda de igualdad y justicia para todas las personas y está contemplada en las normas constitucionales antes referidas.
Ellos, en su inaceptable postura, que no respeta contenidos básicos de nuestra constitución nacional, tampoco hablaron de la verdadera injusticia que se da cuando se exige pagar deudas públicas ilegítimas de naturaleza usuraria, injusta, odiosa e írrita que de ninguna manera pueden significar un derecho a respetar sin cuestionar y menos, como pasa con la deuda externa, que nos condiciona y perjudica gravemente, y que solo benefició a los pocos que se quedaron con el dinero, pero la pagamos todos/as. Esa deuda es la que verdaderamente nos somete y es la base del actual desequilibrio fiscal y económico de la Argentina impuesta, además, con requerimientos indebidos del Fondo Monetario Internacional (FMI).
Además, hay que reparar, que los especuladores y beneficiados de esa injusticia, a los que no se los da a conocer nunca su nombre, son los sectores que hicieron un golpe de estado financiero el 14 de agosto de este año, al otro día de las P.A.S.O., con una suba injustificada del dólar y obligaron a adoptar, una vez más, políticas de ajustes y pagos, que atacan directamente a la Argentina toda y su futuro.
La postura contra la justicia social asumida por de Milei y Rosenkrantz, en definitiva, implica una manera de garantizar a los supuestos acreedores de las deudas financieras ilegítimas y usurarias el pago de sus requerimientos, por sobre el derecho humano a la justicia social, no obstante, el grave sufrimiento que ello implique para nuestro pueblo todo. También en ello nos obligan a condicionar y entregar nuestras riquezas naturales, incluso, por ejemplo, como sucede en la explotación del litio a cualquier precio, en contra de derechos de los pueblos indígenas y de normas ambientales fundamentales.
Hay que evitar que triunfe el ideal del esclavista de colonizar la mente de los que tiene sometidos para que ellos piensen, actúen y defiendan los intereses de su amo. Al punto tal que, para nuestra preocupación, en esa colonización de la conciencia, el ensayista e investigador Pablo Semán ha llegado a sostener hace poco, que: “Creo que la idea de justicia social ya no significa nada para muchísima gente de las clases populares”.
La Justicia Social implica la necesidad que se luche con firmeza contra las causas de la pobreza; contra la falta de tierra, techo y trabajo; contra quienes niegan derechos sociales y laborales esenciales; contra la especulación financiera insaciable y contra la cultura que lleva, desde una lógica de consumo y rentabilidad, a hacer un uso utilitario de las personas atacando su dignidad.
La Asamblea General de Naciones Unidas el 26 de noviembre de 2007 proclamó el 20 de febrero de cada año el “Día Mundial de la Justicia Social”.
A su vez, el 10 de junio de 2008, en la “Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre la justicia social para una globalización equitativa”, se afirmó que: “La justicia social busca un equilibrio entre los diferentes sectores de la sociedad, pero para ello es necesario garantizar educación, salud, alimentación adecuada y vivienda digna, derecho al trabajo debidamente remunerado, divulgación de la cultura solidaria, igualmente el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, además, fortalecer la seguridad y certeza jurídica”.
Debemos defender la justicia social como una de los logros esenciales de nuestra sociedad consagrados al servicio del bien común.
*Abogado constitucionalista cordobés y Periodista de opinión. Publicación bajo licencia creative commons. Imagen ilustrativa Letra P.
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