El fiscal Facundo Trotta le solicitó al Tribunal que condene al único imputado, Guillermo Ernesto Barreiro, como autor mediato, por los delitos de privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados, en perjuicio de los hermanos Carlos Civile y Roberto Civile. Por su parte, el defensor Julio Aliaga pidió la absolución de su defendido, porque considera que el hecho no se encuentra acreditado.
Por Katy García*
En la segunda audiencia del juicio n° 16, que tramita el TOF 3, en Córdoba, las partes dieron a conocer las conclusiones finales de la causa que investiga los hechos ocurridos los últimos días de agosto y primeros de septiembre de 1978. El único imputado es Ernesto Guillermo Barreiro exjefe de la Sección Primera/ Política del Destacamento 141 de Inteligencia del Ejército. El tribunal está conformado por Ángel Francisco Andreu, Cristina Edith Giordano y Facundo Zapiola. Las víctimas son Carlos Alberto Civile y Luis Roberto Civile, detenidos a fines de agosto de 1978, cuando viajaron a Córdoba, para acompañar a su otro hermano, Jaime Darío Civile, quien debía realizar el salto de bautismo, práctica que se efectúa durante el servicio militar.
La fiscala María Laura Bazo Queirolo comenzó su alegato con una breve introducción que ratifica los sufrimientos de Carlos Alberto Civile y Luis Roberto Civile, víctimas de un plan sistemático y generalizado que se implementó en todo el país con el objetivo de eliminar la subversión. Recordó que en la sentencia del Juicio a las Juntas así quedó acreditado y en la provincia de Córdoba, lo llevó a cabo el Área 311, y se confirmó en la sentencia de la megacausa La Perla dictada por el TOF 1, en 2016.
Bazo, destacó “que la prueba más valiosa sigue siendo el testimonio de las víctimas que cuentan los padecimientos sufridos”. El expediente se inició en Tucumán, mediante una denuncia, luego, pasó al TOF1 y comenzó la instrucción. Luego repasó el hecho tal como lo detalló el testigo en la audiencia anterior (ver al final). La estadía en un destacamento militar donde estuvieron un día, y el posterior traslado en un camión a un lugar desconocido que con el tiempo supieron que era el campo de la Ribera. “Los interrogaron, bajo tormentos, vendados, solicitandoles nombres y domicilios. Sin darles ninguna explicación. Los llevaron a la cuadra, donde el testigo vio un muro, y mujeres en el lugar. Hasta que el 9 de septiembre llegaron los informes”.
Los llevaron a una oficina donde un hombre en tono autoritario les dijo: “son personas honorables” y que les iban a entregar todas las pertenencias. Con la amenaza velada, de que no comentaran nada y a nadie lo ocurrido. Recomendación que caló hondo en las víctimas. Los liberaron en un descampado, oscuro, llegaron al hotel y se fueron a Tucumán. También se refirió a la declaración de Luis Roberto (fallecido) que consta en el expediente. Por su parte, Jaime Darío (fallecido) también declaró. Se enteró de que sus hermanos (secuestrados) no habían estado tal como lo declaró Carlos Alberto. Les preguntó a sus superiores y una persona le dijo “si tus hermanos están vivos, den gracias a Dios”. Luego detalló pruebas documentales que obran en el expediente.
“Los interrogatorios fueron violentos, los sometieron a tormentos y ejercicios vivos”, señaló la funcionaria, y afirmó que “la prueba se sitúa en tiempo y espacio”. Estuvieron en el centro clandestino de detención campo de La Ribera, llamado en la jerga militar de los represores “lugar de detenidos”. Antes, funcionaba en ese lugar un cuartel militar donde se reunía la llamada Comunidad Informativa una “mesa chica” donde todos los responsables del área 311, desde Luciano Benjamín Menéndez, los comandantes, y todos los titulares de las fuerzas de seguridad, ponían en común cómo iban a funcionar los interrogadores según da cuenta un memo sobre cómo nació este centro ilegal.
Valoró el testimonio del director del lugar, el teniente Lona, quien recibió la orden de trasladarse con toda la papelería a una guarnición del Tercer Cuerpo. Lona visitó el lugar con motivo de un acto de Gendarmería y observó que había personas detenidas en el lugar que tuvo que dejar. La Conadep también investigó y consta en el informe cómo era el lugar llamado “reunión de detenidos”. También se realizó una inspección con los sobrevivientes que reconocieron el lugar. En este sentido, destacó el testimonio de numerosos sobrevivientes.

A continuación, Facundo Trotta afirmó que Barreiro negó los hechos y se abstuvo de declarar. No obstante, la fiscalía pudo acreditar su participación de acuerdo al legajo que les permite afirmar que es responsable. Asimismo, relacionó los testimonios y el modus operandi utilizado. Golpes, interrogatorios, sin dar explicaciones.
Como jefe de la primera sección, era el responsable del campo la Ribera, pertenecía al ejército, donde todos estaban involucrados en la tarea de aniquilar a la subversión. Por otra parte, agrega, estaba el accionar verbal, informal, ilegal, que consistía en buscar “blancos”, identificar personas, secuestrarlas, torturarlas, sacarles información, fraguar enfrentamientos, y desaparecerlas. Todos deberían estar en el banquillo pero “lamentablemente la impunidad biológica lo impide”, aseguró el fiscal. Describió luego la estructura de las fuerzas participantes y el rol de la Zona 311, comandada por el jerarca Luciano Benjamín Menéndez y un grupo de asesores. Por debajo, estaban las unidades militares, la policía y la gendarmería nacional.
Citó a Piero di Monte, quien logró conocer cómo funcionaba el Destacamento de Inteligencia 141, porque había sido trasladado como empleado esclavo a realizar tareas administrativas. El fiscal subrayó la relevancia de este y otros testimonios de sobrevivientes de La Perla. Di Piero dijo en su declaración que el imputado “tenía una personalidad de líder” y que se desempeñaba en La Perla y en el campo de la Ribera y que “Todos hacían todo”, aseguró. Lo cual fue confirmado por la Cámara Federal. En la primera sección que funcionaba en La Ribera, buscaban información. También afirmó que lo ubicó en ese lugar cuando declaró ante la Cruz Roja. De manera que “se encuentra acreditado que el imputado desempeñaba su labor en ese lugar”. Piero lo vio en 1978, y coincide con el testimonio de Civile. Por lo tanto, la planificación estuvo a cargo toda la estructura donde se encontraba Barreiro. Otra prueba de su participación es la nota donde reclama mayores calificaciones habida cuenta de su desempeño, en combate, interrogaciones y enfrentamientos con el enemigo. Era jefe de la primera sección y debido a su actuación, desde 1977 y 1978, fue elevado a capitán. No estaba de licencia, entonces, es responsable de estos delitos que se están juzgando, afirmó el fiscal.
Calificó los delitos como crímenes de lesa humanidad, imprescriptibles. Solicitó 18 años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua, y costas. Y solicitó que se unifique con las penas firmes anteriores. Por los delitos de privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados, en perjuicio de los hermanos Carlos y Roberto Civile. Consideró que se trata de un autor mediato intermedio, en términos de Claus Roxin.Consideró que “se trata de un delito cuya gravedad es inconmensurable, persiste en la actualidad, más la extensión del daño.
Defensa: Causa armada
El defensor Aliaga expresó que todo el alegato de la fiscalía viene al caso, y es procedente, habida cuenta de que el hecho no se encuentra acreditado. Se refiere a tres consideraciones. Una, que existe una inverosimilitud tremenda, acompañada de una marcada desidia judicial en la tramitación de la causa y las pocas constancias independientes. Cuestionó, que solo haya un testimonio y que la declaración de Luis Roberto, el otro hermano, viene a confirmar lo dicho por el otro.
Manifestó que al llegar al lugar “No había una fiesta cívico militar porque no había nadie” y eso es sorprendente. Cuando llegan al cuartel, piden hablar con el guardia, hablan con el hermano. ¿Cuándo una persona puede hacer eso? Dice, en tono de duda. También dijo que negaron haber visto refugios de espera para el ómnibus cuando hay tres y uno frente al destacamento. Para rematar, que la invitación, que decían que había recibido, la hayan perdido.
Acerca de la detención y el cautiverio posterior objetó los dichos de Carlos Alberto cuando dijo que “estaban vendados todo el tiempo pero que jugaban a las cartas, que les daban gotas para los ojos…”. Añade que hubo otras circunstancias que “no lo ayudan”. Esto es, el lugar desde donde se realizaba el salto de bautismo, una mezquita que está a varios kilómetros de la calle desde donde habrían tomado las fotos y fueron detenidos. También dudó de la existencia del salto porque llevaba más de un año de servicio militar. Ante esta situación, que considera un relato, dice: “estamos frente a una justicia, por kilo”, en términos gastronómicos.
Consideró que se trata de una causa armada, violatoria de la defensa y del debido proceso. Arguyó, que se trata de una instancia para cobrar una pensión. “De un relato inverosímil a un relato que nos aleja de cualquier certeza”, afirmó. Cuestionó la instrucción, leyó un texto de un jurista español, y le dijo a los fiscales que Barreiro ya ha sido condenado. Por ello solicitó la absolución de su defendido.
El próximo 2 de junio se realizará los actos procesales, la última palabra y luego se leerá la sentencia.
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“Todos los días nos pegaban, pedían nombres y domicilios pero no teníamos nada”
*Periodista. Agencia Prensared. Imágenes captura de pantalla.
www.prensared.org.ar