Causa Barreiro|Condenaron a los tres imputados a 24 años de prisión, unificada con perpetuas previas

Esta tarde el Tribunal dictó sentencia por los delitos de lesa humanidad cometidos contra Rubén Palazzesi, Jaime García Vieyra y Teobaldo Cavigliaso, militantes del Peronismo de Base y de las Fuerzas Armadas Peronistas (FAP). Barreiro, Villanueva y Díaz fueron  condenados conforme al pedido de la fiscalía.

 Por Katy García*

Cerca de las 13, ingresó el tribunal conformado por Julián Falcucci, Fabián Asís, y  la jueza María Noel Costa. Por la mañana se llevó  a cabo el acto procesal de  la última palabra y por la tarde se leyó el veredicto. Pasado el cuarto intermedio el Tribunal leyó la parte resolutoria de la sentencia. En primer lugar rechazó por unanimidad el planteo de “insubsistencia de la acción penal” formulado por la Defensora Oficial Natalia Bazán.

El veredicto determinó  que los tres acusados Ernesto Guillermo Barreiro, Carlos Villanueva y Carlos Alberto Díaz fueran condenados a 24 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua, accesorias legales y costas.  Como coautores penalmente responsables de los delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada (tres hechos), imposici6n de tormentos agravados (dos hechos), imposici6n de tormentos agravado por resultado mortal (un hecho) todos en concurso real.

Asimismo, dictaminó  que se unifique esta sentencia con la dictada por el Tribunal Oral Federal N° 1 el 28 de julio de 2008, en el caso de Carlos Alberto Díaz. Los fundamentos serán dados a conocer dentro de los cinco días hábiles próximos.  La fiscalía había solicitado para los tres imputados 24 años de prisión y la unificación con la pena de la causa Menéndez 1 y de La Perla (aún no confirmada).

Última palabra

El primero en tomar la palabra fue acusado Ernesto Guillermo  Barreiro. Aclaró que no hablaría de la causa pero sí de una respuesta que el fiscal Carlos Gonella le dio a la abogada defensora Natalia Bazán quien cuestionó los repetidos juicios y la demora en los procesos. “Un fiscal (al que no nombró) dijo que la demora fue por mi culpa por el levantamiento y que la ley de obediencia debida se votó por miedo”. Entonces,  elaboró una hipótesis para demostrar que no hubo miedo. Dijo: “El doctor  Alfonsín no tuvo miedo de ir a Campo de Mayo y Aldo Rico estaba preso. En la audiencia votaron 118 diputados a favor y 59 en contra”.  Y agregó que “no había militares con fusiles” en el recinto. Culmina su razonamiento afirmando  que “Las palabras del fiscal solo eran un sofisma”.  Villanueva expresó que “como en otro juicio tratándose de una reparación solo me queda recurrir a ustedes  para que no dejen morir mi derecho a la esperanza”, y dio las gracias. Díaz, se abstuvo de usar el recurso.

Zamba en el recinto

Antes de que empezara la transmisión por video conferencia se escuchó la voz de un hombre que entonaba  Zamba de mi Esperanza. Los que seguimos por zoom el debate desconocíamos lo qué pasó. Fue Mónica Ambort (única periodista presente, junto a Adrián Camerano) quien contó que un hombre vestido de negro y con anteojos de sol sentado al final de la sala empezó a cantar y contagió al resto de los presentes. El autor de esa intervención resultó ser el comunicador y músico local, Ulises Oliva, quien declaró  fuera del recinto que lo hizo en homenaje a Jorge Cafrune que cantó esa zamba por última vez antes de que fuera atropellado el 31 de enero de 1978, por una camioneta, cuando viajaba a caballo rumbo a Yapeyú. Muerte que no ha sido aún esclarecida pero que se  relaciona con el plan sistemático de exterminio aplicado durante la dictadura cívica militar eclesiástica.

VEREDICTO CAUSA BARREIRO

*Agencia Prensared.

 

www.prensared.org.ar