El autor señala que el Estado estatizó deuda privada de los poderosos y pagó sus enormes deudas, muchas fraudulentas, pero, simultáneamente, no ha hecho lo suficiente por los vulnerables, con motivo de sus deudas en alimentos, medicamentos esenciales y sus gastos básicos para una vida digna. Propone el dictado de una ley de emergencia por deudas esenciales.
Por Miguel Julio Rodríguez Villafañe*
Durante la dictadura de 1976 a 1983, se dio un gran mecanismo de fraude, en contra de los intereses del pueblo argentino. La modalidad defraudadora permitía, con un seguro de cambio, que una empresa se endeudara en el exterior a un tipo de cambio fijo y cuando la empresa debía pagar su deuda, si el dólar había subido de precio, el Estado se hacía cargo de la diferencia. Las empresas tomaban dólares cuando valían $5 pesos y el Estado debía pagar cuando valían $45, o sea, la empresa privada le abonaba $5 pesos al Banco Central de la República Argentina (BCRA) y éste ponía $40 más y pagaba en dólares fuera del país, que debían las empresas que se subsidiaban.
Luego, se sumó, la Circular A 251 del BCRA, de fecha 17/11/1982, conocida como estatización de la deuda privada, mediante la cual los vencimientos de deuda en dólares contra entidades en otros países, tomados por empresas privadas argentinas, fueron abonados en dólares por el BCRA y las empresas sólo pagaban en pesos al Estado Nacional el importe de la suma en dólares.
El perjuicio fue calculado en 1983, en U$S 23.000 millones de dólares, equivalente a más de la mitad de la deuda externa de esos años.
Las corporaciones más destacadas que se beneficiaron de esta medida incluyen a: Grupo Macri, (a través de sus empresas Socma y Fiat-Sevel); Acindar, (Siderúrgica liderada por José Alfredo Martínez de Hoz); Loma Negra, (empresa cementera de la familia Fortabat); Techint, (grupo industrial de la familia Rocca); Pérez Companc; Pescarmona; Fiat; Ford; IBM, y entidades financieras como el Banco Río; Banco Francés; Citibank y Banco Supervielle; entre otras empresas o grupos económicos.
En auditorías posteriores se comprobó que la mayoría de los préstamos contraídos por las empresas privadas y que asumió el Estado, eran auto préstamos de las mismas empresas, entre la sede en el exterior y la sede en el país.
Milei y los bonos BoPreal en favor de los importadores
En diciembre de 2023, mediante la Comunicación “A” 7918 del BCRA del gobierno de Milei repitió una lógica estructuralmente análoga a la antes referida. Se emitieron BoPreal (Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre) para hacer frente a la deuda de los importadores. Los importadores acumularon una deuda comercial con proveedores extranjeros por más de U$S 11.000 millones de dólares. El BCRA permitió a estas empresas suscribir bonos en pesos equivalente a sus compromisos en dólares en el exterior. O sea, el Estado recibía el monto en pesos de la deuda y asumía la obligación de pagar en dólares las deudas originadas entre privados por importaciones. El 54% de esa deuda, era proveniente también de auto préstamos. El mismo grupo económico se prestaba a sí mismo entre su filial argentina y su casa matriz en el exterior.
¿Y la deuda de los vulnerables?
La paradoja se da que el Estado argentino estatizó deuda privada de los poderosos y pagó sus enormes deudas, muchas fraudulentas, pero, simultáneamente, no ha hecho lo suficiente por los vulnerables, con motivo de sus deudas en alimentos, medicamentos esenciales y sus gastos básicos para una vida digna. Hay que tener presente que el endeudamiento masivo en lo elemental de grandes grupos vulnerables no fue, ni es un fenómeno espontáneo, es el resultado directo y previsible de políticas concretas del actual gobierno de Javier Milei. Esta gestión generó un gran desempleo y a su vez, licuó los ingresos reales (jubilaciones y salarios).
Además, se redujeron muchas ayudas alimentarias y la provisión de medicamentos; se eliminó las regulaciones del BCRA sobre los créditos al consumo y se liberaron las tasas de interés en las tarjetas que, en su financiación de deudas, llegaron a cobrar una tasa nominal anual de 200%. Lo que representa, aproximadamente, una tasa del 16,66% mensual, que es verdaderamente usuraria. O sea, por cada $100 prestados, se paga $200 solo de interés, si se lo devolviera en un año, además, hay que agregar el costo financiero total, que a lo adeudado se suma los impuestos y gastos administrativos.
Hoy, una familia tipo necesita un ingreso mensual de $1.469.768, para no caer por debajo de la “línea de pobreza”. Y $658.011 es la “línea de la indigencia”, y quienes no superan esta cantidad, no les alcanza para cubrir lo más elemental.
Reparemos en ese aspecto, que el monto de la jubilación mínima en Argentina, en este momento, es de $481.787 mensuales con el bono, inaceptablemente por debajo de la línea de la indigencia y, además, existen 1.7 millones de argentinos desempleados.
Economía que mata
El Papa Francisco en la exhortación apostólica “Evangelii Gaudium”, en 2013, señala directamente la “economía que mata”, para referirse a un modelo que prioriza las ganancias financieras por encima de la vida humana, generando desigualdad y exclusión social de los más vulnerables, que son marginados y descartados, por no ser considerados útiles para el sistema, ya que ellos no pueden consumir. El Papa Francisco atacó la sumisión absoluta a los mecanismos del mercado y a la especulación financiera y afirmó, que ello lleva a una actitud de indiferencia cuando una persona muere de frío en la calle, pero causa mucha alarma una leve caída en la bolsa de valores.
El artículo 14 bis garantiza salarios dignos que aseguren una existencia digna, pero el gobierno de Milei simultáneamente genera desempleo y comprime salarios y sólo permite su actualización por debajo de la inflación, en una actitud estatal cruel.
El principio de solidaridad y la cláusula del bienestar general del Preámbulo imponen al Estado redistribuir cargas sociales. El derecho a la alimentación, salud y dignidad, es superior a cualquier obligación contractual. Una deuda contraída para ejercer ese derecho básico merece tratamiento jurídico diferente.
No hay razón jurídica, ni ética para atender distinto a las personas endeudadas para comer, comprar medicinas o acceder a aspectos esenciales para la dignidad humana, que al empresario endeudado y que fugó divisas.
El mandato constitucional de la justicia social no permite proteger el capital especulativo financiero fraudulento e ignorar la pobreza inducida por el sistema económico.
Las deudas contraídas por sectores vulnerables por gastos de naturaleza esencial presentan una tensión constitucional clara: por un lado, los reclamos de los acreedores, muchos de ellos ilegales por usurarios y por el otro, el derecho a la alimentación, a la salud y a la dignidad humana, que el Estado tiene obligación de garantizar progresivamente, (arts. 14 bis, 33, 42, 75 inc. 22 Const. Nac., “Declaración Universal de Derechos Humanos” -art.1-; “Pacto de San José de Costa Rica” -art. 11- y art. 51 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina).
Ley de emergencia por deudas esenciales
Habría que declarar la emergencia por deudas esenciales, por la cual el Estado pagara al acreedor (bancos, distintas tarjetas, mecanismos de pago virtuales y servicios), con los ajustes equitativos necesarios, lo adeudado por los vulnerables. A su vez, a las deudas éstos últimos de carácter esencial (comida, salud, servicios y otros) asumidas por el Estado, éste tendrá, conforme cada caso, que perdonar las mismas o cobrarla bien reducidas, sin intereses o muy bajos y plazos ampliados de pago.
*Abogado constitucionalista cordobés y periodista de opinión. Agencia Prensared publica este artículo bajo licencia creative commons. Imagen ilustrativa Ámbito.
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