Complicidad Judicial| Empezó el Juicio al exsecretario penal Otero Álvarez

La apertura del juicio n° 15 duró menos de 20 minutos porque apenas se inició el defensor Deheza informó sobre la  muerte del hijo, del testigo Justiniano Martínez, y solicitó que la audiencia se ciña a lo mínimo para poder asistir al velatorio. Recibió las condolencias de las partes y se acordó una presentación breve. El Ministerio Público Fiscal y la querella realizaron una sintética exposición.

Por Katy García*

Apenas comenzó el juicio el presidente del Tribunal Mario Martínez solicitó la expresa conformidad de las partes para incorporar las piezas procesales que se acordaron durante la audiencia preliminar realizada en 2023. A continuación, el abogado defensor Deheza informó que “ayer falleció el hijo de nuestro íntimo amigo  Justiniano Martínez, que es testigo en esta causa” y solicitó que la audiencia se ciña a lo mínimo para poder asistir al velatorio “un hecho íntimo e irrepetible”.  Petición que fue aceptada y de inmediato expusieron las abogadas de  la querella y el fiscal  general. Luego, el presidente abrió el debate y procedió a realizar la indagatoria al exmagistrado.

Carlos Gonella realizó una breve síntesis sobre la acusación al imputado Carlos Otero Álvarez  a quien se le imputan 92 hechos en total, que en la Plataforma fáctica y la Auto elevación a juicio, están nominados como 26 a 116, 118 y 119.  Manifestó que se le atribuye al imputado en su condición de secretario penal del Juzgado n° 1 de Córdoba, entre 1975 y 1976, no haber tomado conocimiento de distintos delitos denunciados  durante las indagatorias -allanamientos ilegales, robos, privaciones de la libertad, tormentos, abusos sexuales, y homicidios- por personas que estaban siendo investigadas en la Justicia federal  y el Departamento de Informaciones D2, cuyos autores materiales ya se encuentran condenados.

Otero Álvarez con su defensor Julio Deheza.

El acusado, para la fiscalía,  es considerado como “autor de incumplimiento de deberes de  funcionario público en su modalidad de abuso de autoridad de conformidad a lo establecido por el art.  248 del Código Penal vigente  al momento de los hechos, en función del art 164 del código de procedimiento en materia criminal  de 1972 por los hechos nominados  26 a 116, 118 y 119  y las leyes vigentes. También por omisión de dar cuenta a la autoridad competente de una detención agravada por los hechos 35, 7 a119 en concurso ideal.

Luego se dirigió  a las personas  presentes en la sala, familiares de las víctimas y en ellas nombró a todas. A Carolina Vaca Narvaja (hija de Hugo Vaca Narvaja h), Elba Pucheta (hermana de José Ángel Pucheta) ya Luis Baronetto (Exesposo de Marta Juana González).(Foto)

En la sala, Luis Baronetto, Elba Inés Pucheta y Carolina Vaca Narvaja

Exponen las abogadas

Como explicamos en la nota anterior el imputado había sido absuelto en 2017 durante el Juicio de los Magistrados. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal y la parte querellante y ordenó un nuevo juicio.

Patricia Chalup describió las siguientes situaciones que afectaron a Marta Juana González y Luis Miguel Baronetto. En todos los hechos el imputado deberá responder por  haber omitido cumplir con sus deberes funcionales y no poner en conocimiento de la autoridad las denuncias que realizaban las víctimas.

Hecho 36. Da cuenta de la causa de Marta Juana González de Baronetto tramitada  ante el Juzgado Federal N° 1 de la ciudad de Córdoba. El 12 de septiembre de 1975, el acusado no puso en conocimiento de la autoridad competente “los tormentos y abuso deshonesto padecidos  por la víctima  durante la privación de libertad en el Departamento de Informaciones (D2) de la Policía de la Provincia de Córdoba. Había asistido a tomarle la indagatoria pero no lo informó como debió hacerlo de acuerdo al Código de Procedimientos en Materia Criminal vigente en ese momento.

Hecho 38. La misma fecha el funcionario público no puso en conocimiento de la autoridad competente “los tormentos referidos en la indagatoria por el imputado Luís Miguel Baronetto” secuestrado  junto a su esposa de su domicilio y  trasladados al D2, en distintos vehículos, encapuchado, esposado, y objeto de apremios ilegales, mientras era interrogado. No cumplió con su obligación en ese momento ni después obviando la aplicación del Código de Procedimientos en Materia Criminal vigente (Ley 2372).

Hecho 78. Omisión de informar  a la autoridad competente las circunstancias y las causas en que se  produjo la muerte de Marta Juana González de Baronetto, cuando se había enterado a través de un comunicado del Ejército Argentino que el 11 de octubre de 1976, seis delincuentes subversivos, entre los que se encontraba Marta “fueron abatidos tras un intenso tiroteo, mientras eran trasladados de  la Cárcel San Martín”.  Ni en ese momento y con posterioridad, cumpliera con su obligación.

Hecho 93. En agosto de 1975, omitió comunicar a la autoridad el allanamiento ilegal y la detención ilegal, de  Luis Miguel Baronetto y Marta Juana González de Baronetto, privados ilegítimamente de su libertad por personal del D2. Tomó conocimiento de la detención ilegal con motivo de la elevación de las actuaciones al Juzgado Federal N° 1, sin que entonces ni después, hasta el asesinato de González de Baronetto el  11 de octubre de 1976, y el recupero de la libertad de Baronetto, en 1982, haya cumplido con la ley vigente.

Público y prensa en el hall del primer piso de  la casona que comunica varias oficinas.

A continuación la abogada Adriana Gentile presentó los hechos y afirmó que “esta querella pretende que se sigan los lineamientos ordenados por la Cámara Federal de Casación Penal”. Hecho 65. El imputado tomó conocimiento el  1° de junio de 1976 del asesinato  de José Ángel Pucheta y no cumplió con el deber de denunciarlo ante sus superiores como correspondía de acuerdo a la ley vigente en aquél momento. Hecho 119. El ahora imputado omitió denunciar la detención ilegal de Hugo Vaca Narvaja (h) cuando la propia víctima se presentó ante el juzgado para presentar un hábeas corpus en su favor el 25 noviembre de 1975. Al tiempo, resultó muerto en circunstancias que ya han sido juzgadas en la causa Videla..

Elba Pucheta dijo al final de esta  audiencia que recuerda con amor a sus tres hermanos -Guillermo, Omar Albino y José Ángel, militantes del PRT-ERP-y se siente orgullosa de ellos porque  lucharon por sus ideas  y  matarlos no era la solución.  “Para mí, lo importante es la memoria. Hace casi 50 años que estoy buscando justicia para que esto no vuelva a ocurrir”, expresó.

En la calle

Integrantes del movimiento de derechos humanos y de organizaciones e instituciones del estado como el Archivo Provincial  de la memoria, la Comisión Provincial de la memoria y la Dirección de DD.HH de la Municipalidad de Córdoba, acompañaron el inicio de este juicio que continuará el próximo 25 de noviembre, en el TOF2 a las 9:30. Además, se podrá seguir por el canal de youtube del TOF2 y por La Retaguardia.  Quienes decidan asistir personalmente deberán dirigirse al edificio ubicado en Crisol 670, Nueva Córdoba.  Tel. 0351 433.-

El tribunal que actúa en este proceso está conformado por Mario Martínez (Presidente, de La Rioja); Facundo Zapiola (Córdoba), José Escobar Cello (Santa Fe) y Cristina Giordano como cuarta jueza (Córdoba).

Eterna juventud Que todos recuerden a los expresos políticos asesinados en el UP1. Crédito APM.
Memoria, verdad y justicia. Las pancartas del APM expuestas en las vallas del TOF 2, visibilizan el inicio del juicio.

 

Una de las históricas banderas de la Comisión Homenaje UP1 muestra parte de los fusilados en la Penitencia de San Martín.

*Periodista. Agencias Prensared. Fotos cortesía Nicolás Castiglioni. Externas, crédito Archivo Provincial de la Bandera (APM)

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