En una sesión realizada a puertas cerradas el Consejo Deliberante de Cruz del Eje votó una ordenanza que permite la instalación de un vertedero regional sin contar con el estudio de impacto ambiental, ni la licencia correspondiente, violentando la Carta orgánica municipal. Asimismo, habilita la contratación directa de la empresa Imacor S.A.
Por Redacción*
Por la mañana, vecinas y vecinos de la Ciudad de Cruz del Eje se enteraron de esta medida municipal, que fue tomada a puertas cerradas. Según informó el comunicador Juan Yacobs se vivió una jornada de furia en la Ciudad de Cruz del Eje, luego de aprobarse por ordenanza la instalación de un vertedero regional en inmediaciones de la localidad.
¿Qué dice la ordenanza?
En su articulo 1º expresa: “Autorizase al Departamento Municipal a suscribir convenios con los municipios y comunas de la Región para recibir en el vertedero controlado municipal, los residuos sólidos urbanos (RSU) voluminosos de esas localidades para su disposición final, los que deberán ser enviados a cada Consejo Deliberante de las respectivas localidades para su ratificación”.
Es decir, habilitaron la posibilidad de traer los residuos de los departamentos Punilla y Cruz del Eje, a una instalación próxima a la ciudad.
“Esta decisión del Poder Legislativo de Cruz del Eje, se realizó a puertas cerradas, sin la participación de los vecinos, ni de la prensa, a la que no se la dejo acercarse al lugar”, comentó Yacobs.
Un dato no menor, es que el Consejo Deliberante estaba vallado mientras se resolvía esta nueva normativa, que en otro de sus puntos, fija el modelo de “Convenio de Recepción de Residuos Sólidos Urbanos domiciliarios y Residuos Sólidos Urbanos Voluminosos” para su disposición final en el vertedero.
El periodista explicó que la ordenanza incluye la contratación directa de una Sociedad Anónima, llamada Imacor, razón por la cual, se ha denunciado penalmente al intendente Claudio Farías.
En relación al punto anterior, señala que ese apartado viola el artículo 74 de la Constitución Provincial, y que violenta el artículo 76 de la Ley Orgánica Municipal 8102, la cual ordena que se deberán establecer los mecanismos mediante los cuales se va a recurrir a la contratación directa, a través de una ordenanza.
“Todo esto sin contar con un estudio de impacto ambiental, sin licencia ambiental, de manera arbitraria, intempestiva, violentando la Carta orgánica de Cruz del Eje que se había confeccionado con una amplia orientación ambiental”, manifestó Juan Yacobs.
Sin participación ciudadana, y con un hermetismo alarmante, esta medida fue tomada por un grupo reducido de personas, sin contemplar los futuros y posibles riesgo sobre la población.
*Fuente El Resaltador (https://elresaltador.com.ar/)
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