El TOF3 condenó a Barreiro a 18 años de prisión, accesorias y costas

Tal como lo había solicitado la fiscalía, por unanimidad, el Tribunal condenó a Guillermo Ernesto Barreiro como autor mediato, penalmente responsable, por los delitos de privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados, en perjuicio de los hermanos Carlos Alberto Civile y Roberto Civile, víctimas del terrorismo de estado.

Por Katy García*

Esta mañana el  tribunal conformado por Facundo Zapiola (presidente) y las vocales Cristina Giordano y María  Noel Costa abrió el debate  ante la presencia de las partes. El fiscal Facundo Trotta y su colega María Laura Bazo Queirolo por el Ministerio Público Fiscal y el defensor público Julio Aliaga. Por videoconferencia se conectaron  el imputado Ernesto Guillermo Barreiro y el querellante  Carlos Alberto Civile, quien declaró  durante el proceso. En primer lugar el presidente le dio la palabra a la víctima. “En nombre de mi hermano y mío pido que se haga justicia. Nada más”, expresó el querellante en su nombre y el de su hermano Luis Roberto Civile, quienes viajaron desde Tucumán a Córdoba para visitar a su hermano Jaime Darío Civile que cumplía  el servicio militar en la Calera. Acto seguido, le preguntaron al acusado Barreiro si iba a hacer uso del derecho de la última palabra y dijo que no. Se cerró el debate y tras un cuarto intermedio se leyó  el dictamen.

La sentencia

A las  10:45, por unanimidad, el Tribunal en la causa caratulada: Barreiro Guillermo Ernesto, privación de la libertad y tormentos en perjuicio de los hermanos Civile, declaró al único acusado como autor mediato penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad calificada, por tratarse de un funcionario público, agravado por el uso de violencia en dos hechos en concurso real e imposición de tormentos agravados por tratarse de dos perseguidos políticos,  conforme a diferentes leyes vigentes al momento de los hechos y el impuso 18 años de prisión, accesorias y costas.

El fallo del Tribunal coincide con el pedido de la fiscalía que había pedido  18 años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua, y costas. A la vez, tuvo en cuenta que  “se trata de un delito cuya  gravedad es inconmensurable, persiste en la actualidad, más la extensión del daño”, como dijo Facundo Trotta durante el alegato.

Asimismo, unificó la pena reciente con las sentencias anteriores en una sanción penal única de prisión perpetua, inhabilitación absoluta, accesorias legales y costas. Por último, se comunicará la decisión a la dirección de comunicación y gobierno de la Corte Suprema. Los argumentos serán dados a conocer el próximo quinto día hábil.

El juicio comenzó el 13 de mayo  y culminó hoy. Se realizaron tres audiencias. Los hechos ocurrieron en 1978.

*Periodista. Agencia Prensared. Imagen captura de pantalla.

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