Condenan a policía (r) por acto discriminatorio contra un jugador de fútbol

Le dijo “negro sidoso” a un jugador que había sido expulsado por el árbitro. Fue en el campo de juego y ante la presencia de numeroso público. La sentencia alcanza al Club Matienzo y por recomendación del INADI, se  conminó al Gobierno provincial a capacitar  en derechos humanos a la policía. Multa por daño moral.

Por Redacción*

El Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 2° Nominación de  la ciudad de Marcos Juárez, condenó al sargento ayudante (r) y al Club Matienzo Mutual, Social y Deportivo “a pagar 791.782 pesos, en concepto de daño moral, pérdida de chance y tratamiento psicológico, por los perjuicios ocasionados con motivo de los dichos discriminatorios vertidos por el policía en un partido de fútbol”.

La sentencia expresa claramente que el policía cometió “un acto discriminatorio en su calidad de policía” y que “la reparación del daño producido también es responsabilidad del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba y el Club Matienzo, en virtud de lo dispuesto por los artículos 43 y 1113 del Código Civil”.

El Tribunal siguiendo la recomendación realizada por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) emplazó al Gobierno provincial a poner en marcha una capacitación desde la perspectiva de los derechos humanos al personal policial de la Departamental Marcos Juárez. La resolución lo conminó a que lo haga y acredite ante el tribunal.

¿Qué pasó? Durante un partido de fútbol de la Liga Bellvillense de Fútbol, el agente contratado como adicional  le gritó “negro sidoso” a un futbolista que había sido expulsado por el árbitro. Lo hizo dentro del campo de juego  frente a una gran cantidad de público y de periodistas que cubrían el partido.

La discriminación en la sociedad y especialmente en el fútbol está naturalizada. Sobran ejemplos incluso de personajes públicos que agreden verbalmente a los jugadores con palabras discriminatorias relacionadas con la sexualidad, el racismo  y la xenofobia. Y los cánticos desde las tribunas son moneda corriente. Ahora, que lo haga un agente del estado que es considerado  funcionario público  es muy grave. Y así lo consideró  el juez Edgar Amigó Aliaga quien destacó que como tal debe comportarse con “prudencia” y no como en este caso que actuó como un ‘barrabrava’ en vez cuidar a la “ciudadanía”.

Y agregó que “Ningún deber es más primario y sustancial para el Estado que el de cuidar de la vida y de la seguridad de los gobernados; y si para llenar esas funciones se ha valido de agentes o elementos que resultan de una peligrosidad o ineptitud manifiesta, las consecuencias de la mala elección, sea o no excusable, deben recaer sobre la entidad pública que la ha realizado”.

El magistrado puntualizó que el fenómeno de la discriminación en el fútbol está “tristemente arraigado en nuestra sociedad” y que se refleja una serie de comportamientos discriminatorios, xenófobos y racistas “que tienen que ser cortado en seco desde los distintos poderes del estado”.

No obstante afirmó que “Ese facilismo justificativo, mal denominado “folklore”, no puede ser la excusa banal para avalar la violencia y la discriminación en el deporte”.

Fuente: Justicia Córdoba. Estamos más cerca (https://www.justiciacordoba.gob.ar/). Imagen ilustrativa: revista cabal. 

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