El Ministerio Público Fiscal pidió la pena máxima para los imputados Acosta, Barreiro, Díaz, Diedrichs, Herrera, Lardone, López, Morard y Vergez (exmilitares). 18 años para los expolicías Flores, Gómez, Yabour, Lucero, Molina y Yanicelli. 4 años para Rocha y las absoluciones de Grandinetti y Meira. Todos integraban el Destacamento de Inteligencia 141 y el D2.
Por Katy García*
La Causa Diedrich y su acumulada Herrera están ingresando en su tramo final. Este miércoles alegó el fiscal Maximiliano Hairabedián por la mayoría de las víctimas que en total suman 43. El fiscal Facundo Trotta acusó por la familia Soulier incluido el niño de cinco meses. (Causa Diedrich, h3).
Los 18 imputados -expolicías, exmilitares y expersonal civil de inteligencia – afrontan los cargos de privación ilegal de la libertad agravada, imposición de tortura agravada y homicidio agravado en concurso real.
El fiscal Maximiliano Hairabedián solicitó prisión perpetua para Jorge Exequiel Acosta, Ernesto Guillermo Barreiro, Carlos Alberto Díaz, Luis Gustavo Diedrichs, José Hugo Herrera, Ricardo Alberto Lardone, Arnoldo José López, Emilio Morard y Héctor Pedro Vergez.
18 años para Calixto Luis Flores, Miguel Ángel Gómez, Yamil Jabour, Alberto Luis Lucero, Juan Eduardo Molina, y Carlos Alfredo Yanicelli; y 4 años para Fernando Martín Rocha.
Para Carlos Horacio Meira y Arturo Emiliano Grandinetti pidió la absolución. El primero en ejercicio de su propia defensa adhirió a lo expuesto por el fiscal. Y agradeció emocionado el apoyo de sus hijos y la labor de su codefensor y de la fiscalía.
Los hechos juzgados en la Causa “Diedrichs” (tres en total) se produjeron entre el 29 de junio y el 15 de agosto de 1976, y afectaron a siete víctimas. La acumulada “Herrera” reúne 26 hechos que perjudicaron a 36 personas y se realizaron entre el 26 de marzo y el 10 de septiembre de 1976.
El fiscal general comenzó con el análisis de los dos primeros – Claudio Luis Román (16) y Miguel Ángel Arias (19) -, siguió Facundo Trotta con el tercero y retomó Hairabedián con los que conforman el expediente Herrera.
Las conclusiones en general dan cuenta que el modus operandi de los miembros del Destacamento de Inteligencia 141 del Ejército, y del Departamento de Informaciones Policiales (D2). consistía en secuestrar con violencia en horas de la noche. Capturar a militantes, robarles los bienes, llevarlos vendados y maniatados al Departamento de Informaciones policiales 2 (D2) y luego al campo de concentración La Perla. También extorsionaban a las familias como quedó expuesto en el debate.
En el lugar eran interrogados por los torturadores sobre la organización a la que pertenecían y armaban un organigrama con nombres y domicilios. Los sacaban a “lanchear” y cuando ya no eran útiles a la mayoría los ejecutaban y escondían los cuerpos que aún siguen desaparecidos.
En otros casos los arrojaban en la vía pública sembrando el terror en la sociedad. Mediante un comunicado de prensa eran informados como “enfrentamientos” que eran fraudulentos. Un ejemplo claro es “el secuestro, tortura y asesinato en un operativo ventilador de Claudio Luis Román” militante del centro de estudiantes de la escuela de Comercio Manuel Belgrano y de la UES . Quisieron que parezca un enfrentamiento cuando fue “una mentira oficial”. Para el fiscal no hay dudas de la existencia del hecho y que estuvo en La Perla en base a los testimonios y documentos.
Cada caso fue analizado a la luz de las declaraciones receptadas en la sala, los testimonios de los sobrevivientes del campo como Piero Di Monte, Graciela Geuna, Cecilia Sussara y de otros testigos como el hijo del represor Luis Alberto Quijano quien declaró en la megacausa La Perla que cuando era adolescente su padre lo llevaba a presenciar secuestros y cuidar los coches cuando realizaban un operativo callejero.
El h 2 da cuenta del secuestro, traslado y desaparición de Miguel Angel “Coqui” Arias. No hay dudas de la existencia del hecho. Por los testimonios directos de la familia, de quien fuera su novia Norma Julia Soulier más los habeas corpus presentados. En cuanto al paso por La Perla hay indicios que permiten afirmar que fue así fue. Testimonios de sobrevivientes declararon que lo vieron y lo identifican como el amigo de Julio Leiva (hecho juzgado en la megacausa). No hay dudas de que estuvo que fue Coqui. Al mismo tiempo se valieron de los legajos y calificaciones de los imputados. También desmontaron las afirmaciones sobre la “existencia de una guerra” desde la legislación y la jurisprudencia.
Facundo Trotta alegó sobre los secuestros de la familia Soulier, lo ocurrido en el D2, y luego en La Perla, que coincide con la descripción de la querella. El grupo de tareas amó una ratonera y secuestró primero a Juan Carlos Soulier, Adriana Rios Díaz (Fal22) y el bebé de ambos de cinco meses. Al otro día, privaron de la libertad a Luis Freddy Soulier (padre) y lo llevaron al D2 usando su propia camioneta. El mismo día llegó Luis Soulier (hermano de Juan Carlos) delegado y preceptor del colegio Loreto y también lo secuestraron. Militaban en la organización Fal 22. Al otro día Fredy fue liberado y el bebé entregado a la familia en estado de shock. Los tres fueron llevados al D2, torturados y trasladados a La Perla donde los asesinaron y ocultaron sus restos. Para el fiscal “está acreditado el hecho en todo su tramo”.
Refutó los dichos de los acusados que intentaron correrse del protagonismo central del D2 “una estructura represiva cuya función era secuestrar, torturar y asesinar a opositores políticos como quedó demostrado en la sentencia de la megacausa La Perla confirmada por Casación”. En este punto destacó el “Memo 220” donde consta que Menéndez se reúne con los jefes: del Área 311, de Inteligencia 141, policía Federal, policía Provincial y del D2. El documento indica que “no había intensión de coartar la iniciativa policial que debía continuar” como lo venía haciendo pero que lo tuvieran al tanto.
A continuación retomó el fiscal Hairabedián el análisis de los 26 hechos del expediente Herrera.

Se remitió a la causa Brandalisis para refutar los argumentos remanidos de los imputados que cargan las tintas contra los sobrevivientes que son víctimas–llamándolos colaboradores eficientes, terroristas, partícipes necesarios, testigos estrella, entre otras definiciones-.y lo que “importa es que dicen la verdad y eso se comprobó con pruebas independientes, documentación y otros testimonios”.
También ratificó que los blancos no eran solo los miembros de las organizaciones armadas “iban mucho más allá porque el término “subversivo” abarcaba amplios sectores de la sociedad. Militantes políticos, estudiantiles, sindicales, barriales,
Absoluciones
El hecho 6 da cuenta de lo ocurrido con Adrián José Ferreyra y su esposa embarazada María del Carmen Pietri en el paraje Media Naranja cuando fueron privados de su libertad y trasladados a la comisaría de Cruz del Eje. Ella quedó en libertad y él posiblemente trasladado a La Perla. Están imputados en el hecho Carlos Horacio Meira y Arturo Emiliano Grandinetti. “Hay pruebas de sobra” dijo el fiscal porque además de la declaración de su esposa esta todo documentado oficialmente en la comisaría y lo aceptó el imputado Meira en su documento de autodefensa en la instrucción. Está la constancia del traslado de Ferreyra, a primera hora, con los nombres que lo llevaron y de otro detenido. Tampoco -dijo- hay dudas de su asesinato y desaparición. Cabe la probabilidad de que haya sido llevado a un centro clandestino pero no está claro si fue La Perla o La Ribera.
De acuerdo al testimonio de la esposa aquél día la pareja intentó huir pero fueron interceptados por un grupo de civiles que se movilizaban en un vehículo Chevy que a poco de andar sufre un desperfecto. Aparece en escena un jeep militar con un uniformado que es Meira quien los escolta hasta la comisaría. En el lugar fueron interrogados sin aplicarles tormentos. Grandinetti, el comisionado municipal de Cruz del Eje, lo hizo con Ferreyra y Meira con la mujer.
“Meira actuó como quien cree que lo hace legalmente. Estaba uniformado, firmó, los interrogó sin violencia y la mandó a ella en un móvil policial a su casa”, sostuvo el fiscal. Al otro día, le informó a ella que estaba incomunicado, que será trasladado y deja que hable con su esposo. “La mentira oficial es que fue liberado” -afirmó- pero no hay certeza de que haya estado en La Perla. El testigo Simón Villarreal, declaró que estuvo en La Ribera. Pero tampoco está claro. Oscar Guzmán, vecino del lugar declaró en la última audiencia que cuando lo llevaron a la cárcel otro preso Pedro López se presentó en el pabellón y preguntó quién era Nino (sobrenombre del testigo) y le dijo que “dice Adrián Ferreyra que lo tienen afuera en el camión”.
La acusación que pesa sobre ambos -Meira y Grandinetti-es por privación ilegal de la libertad porque no intervino ni la ordenó un juez y tampoco hubo un sumario. Sobre esta cuestión argumentó que era otro el orden jurídico que imperaba en aquél momento y citó a varios juristas. En ese orden manifestó que “no se puede juzgar con los criterios de hoy” y que el hecho de que el acusado (que es abogado) defienda a imputados no es un argumento”.
Concluyó que ambos actuaron “adecuadamente” a la época afirmación que respaldó con varios autores como Ricardo Nuñez y Eugenio Zaffaroni, entre otros. “No me gusta fundar culpabilidad cuando no hay prueba”, sostuvo, y solicitó la absolución.
En su breve alegato Meira le expresó al Tribunal que “Ejerciendo mi defensa técnica y material como primera medida adhiero al pedido absolutorio del ministerio público fiscal. Lo único que quiero es agradecer a mi codefensor Fernando Cativa Tolosa, a mis hijos que me han apoyado en este tiempo, y al fiscal que ha demostrado ser un hombre de derecho y un caballero”.
Este jueves alegará el defensor Altamira y en la próxima audiencia lo harán el lunes 21 Belagarde y Bazán.
Ver en forma completa las conclusiones en el canal de YouTube del Tribunal Federal 1
*Agencia Prensared |Fotografía: Prensa TOF 1y Nicolás Castiglioni (Archivo).