Este martes concluyó la etapa de alegatos. Los fiscales Trotta y Gonella pidieron 24 años y la unificación de penas con la prisión perpetua dictada en el juicio La Perla. En tanto que Orosz y Biafore solicitaron perpetua y accesorias. La defensa va por la absolución; cuestionamientos a la acusación.
Por Katy García*
En base a pruebas testimoniales y documentales que alcanzan el grado de certeza la parte acusadora armó el rompecabezas que le permite asegurar que Rubén “Pocho” Palazzesi, Jaime García Vieyra y Teodoro Cavigliaso fueron secuestrados y trasladados la Casa Quinta Guiñazú, centro clandestino de detención (CCD) a cargo del Grupo de Operaciones Especiales del Destacamento de Inteligencia 141.
Tras ser secuestrados, fueron trasladados a este lugar usurpado en 1977 por el ejército y sometidos a condiciones inhumanas y permanentes torturas. Con Pocho se ensañaron hasta matarlo. Los testimonios de los sobrevivientes y de familiares que también son víctimas fueron clave para cerrar este nuevo capítulo del horror.
La fiscalía solicitó para los tres imputados 24 años de prisión y la unificación con la pena de la causa Menéndez. Los atenuantes son el paso del tiempo y la salud. En tanto que la querella pidió perpetua y accesorias.
Alegatos
Durante más de tres horas alegaron las partes. Querellantes, fiscales y defensa.
Claudio Oroz, antes de iniciar su alegato recordó a Silvia Di Toffino integrante del área legal de H.I.J.O.S. quien murió de manera inesperada el año pasado.
Al comienzo leyó un testimonio de Teodoro Cavigliaso que obra en el expediente donde cuenta que el 22 de agosto de 1979 se enteró que su cuñado había sido detenido. Y que a la noche irrumpen en su domicilio y lo golpean ferozmente delante de su esposa y los tres hijos. “Esposado y vendado lo meten en un auto y tras un viaje de 30 minutos lo ingresan a la casa quinta. Es ahí donde escuchó la voz de Palazzesi y que fueron sometidos a un “careo” sin verse, a puro golpe “con ensañamiento” les pegaban con un instrumento contundente mientras le decían “con esto vas a decir todo”. Y pudo oír un hilo de voz de Pocho que “daba nombres y le decían: no, esos son periféricos”. Y que de pronto ingresó una mujer y dijo “esto no da para más”. Y es ahí cuando se produce el silencio de la muerte.
En otro tramo tras analizar testimonios y documentos aseguró que “esta querella entiende que se probó con certeza la existencia material y la responsabilidad en los hechos de los imputados”.
Además le pidió al Tribunal que cambie la calificación penal por homicidio agravado como se hizo durante la causa Videla (por la muerte de René Moukarzel) y la fiscalía apoyó en aquél momento. Además que se declare la responsabilidad de los indagados fallecidos. En cuanto al cambio de calificación la fiscalía opinó que no era conveniente hacerlo en este momento. Porque en definitiva cuando quede firme la sentencia será perpetua
Más adelante se refirió a los imputados identificados por las víctimas, en los campos, a través de sus alias. Ernesto Barreiro: “rubio, nabo, hernández”; Villanueva “Principe, principito, gato” y Díaz como HB.
También quedó acreditado que Palassesi, Ardeti y Villaflor eran la conducción de la FAP y el Peronismo de Base, fuerzas caracterizadas por Menéndez como enemigas y que debían ser exterminadas. En este punto citó los dichos de Consuelo Eufemia de Ardetti militante dela FAP quien afirmó que la lucha armada había cesado y que “solo se hacían citas de control en ese momento”.
Es evidente para la querella que Rubén Palazzesi estuvo en Buenos Aires donde mantuvo contacto con Consuelo y que luego se vino a Córdoba en avión y le deja un número de teléfono para que se comunique. Orosz deduce que como había una coordinación entre las fuerzas le pidió a García Vieyra que lo refugie con su familia. Y lo logra. No obstante al otro día -12 de agosto-fueron secuestrados ambos y llevados a la casa quinta. Está acreditado además que vino personal de Bs.As. según los testimonios de Ardetti.
Para la querella -y también para la fiscalía- la inspección ocular fue importante porque la participación de los testigos Silvio Viotti (denunciante) y el sobreviviente Jaime García Vieyra corroboraron lo que antes habían declarado ante el Tribunal. También quedó acreditada la existencia de un sótano en el D2 que funcionaba en Mariano Moreno y Caseros y que las víctimas describieron.
Eugenio Biafore precisó las leyes vigentes en aquél momento aplicable a todos los funcionarios públicos. Evaluó que “la muerte estaba contemplada en el plan de exterminio”. Y que a pesar de saberlo actuaron. Pidió prisión perpetua y accesorias para los tres imputados. Y que se corra vista al juzgado que tramitó el juicio ESMA y al Ministerio Público Fiscal local para que investigue si hubo más detenidos en la casa quinta. Finalmente alertaron sobre las prisiones domiciliarias a los imputados por crímenes de lesa humanidad.
“Al fin te agarramos Pochito”, dijo el fiscal general Carlos Gonella, tomando un fragmento del testimonio del arquitecto García Vieyra referido al secuestro que sufrió junto a Pocho. Repasó cómo ocurrieron los hechos según la requisitoria desde el secuestro hasta la muerte de Palazzesi y los traslados de los sobrevivientes hasta la recuperación de la libertad. También se refirió al accionar de los torturadores de la Esma que terminaron con su vida y al “accidente” mientras era trasladado a Bs.As.
Destacó que los imputados estaban bajo el control operacional de la OP3 donde “la quinta formaba parte de este plan sistemático de persecución y exterminio”. Están acusados de privación ilegítima de la libertad a tres personas, mantenerlas en cautiverio en una casa quinta donde funcionaba un centro clandestino de detención en 1977.
A continuación el fiscal auxiliar Facundo Trotta desplegó las pruebas. Antes, advirtió que aun cuando no fueron incluidas como víctimas en este juicio lo son. Se refiere a Cristina Guillén (esposa de Pocho) y a su padre; a Stella Maris Palazzesi (hermana de Pocho) y a su padre, secuestrados y trasladados a la UP1 y otras cárceles. Esta causa está en trámite.
Trotta lamentó que Teo Cavigliaso haya fallecido antes de declarar. Pero en el expediente están las exposiciones anteriores donde “sus dichos fueron contundentes”. Ponderó la calidad del testimonio de Jaime García Vieyra que de haberse resistido a participar de la inspección ocular porque sin dudas la situación traumática vivida “deja marcas” luego accedió a ser testigo ocular.
Más adelante concatenó los testimonios vertidos durante el debate que fueron develando esta historia de impunidad. Recordó que la caída de militantes en 1977- como consecuencia del llamado Operativo Escoba-dio inicio a la apropiación de la propiedad.
Narró que en el secuestro de Pocho y García Vieyra “intervinieron cuatro personas y que la prueba de su paso por la Quinta es que terminó con la vida de Palassesi”. Comentó en ese sentido el recorrido que hizo: el ingreso al sótano de 3×3 y pudo contar que “cuando estaba ahí asediado por las ratas encontró una cruz de alambre que seguramente la haya hecho otra víctima”. También destacó que identificaba a los imputados por los apodos y que eso “habla de credibilidad”.
“Lo torturaron hasta matarlo. En su último suspiro nombró a sus hijos”, expresó el fiscal, consternado, antes de recorrer la abundante prueba documental y los legajos de los imputados. El rol de cada uno en lo que ya era una rutina como quedó demostrado por varios testimonios de sobrevivientes de La Perla. Por eso les corresponde la calificación de “co-dominio funcional” porque cada uno colaboró para que se cumpla el plan.
Defensa: Plazo razonable
Natalia Bazán citó al juez Daniel Rafecas quien dijo en una nota periodística que ““Los juicios de lesa humanidad ya son parte del ADN argentino” para luego cuestionar a la acusación llevada adelante por fiscales y querella.
Advirtió que se juzgan hechos que ocurrieron en un mismo tiempo y que sin desconocer “los derechos de las víctimas” a tener una accesibilidad a la justicia se debía tener en cuenta que ocurrieron en 1977 y que en definitiva debe haber “un plazo razonable y seguridad jurídica” porque los tres imputados “ya fueron condenados” en otras causas.
“Nunca un juicio duró tanto tiempo cuando podría haber sido agregada a la megacausa La Perla”, afirmó, en referencia al tiempo transcurrido hasta llegar a este juicio que está a punto de concluir. También agregó que “se viola la garantía del plazo razonable” y que ya fueron sometidos a varias indagaciones.
Precisó que “se repiten las mismas pruebas que aportaron los sobrevivientes” que se vienen usando “desde tiempos inmemoriales y entonces se soslaya no aplicar una sola pena”. Insistió citando a varios autores que se viola “la garantía del plazo razonable más allá de que los delitos sean imprescriptibles”.
En cuanto a los argumentos de la acusación dijo que “hay dudas acerca de quién los detuvo” y que tampoco los “apodos” con que fueron identificados sus defendidos son prueba. “Condenar solo por el apodo es insuficiente”, sentenció. Tampoco estuvo de acuerdo con la prueba documental. Y objetó que “los nombres e imágenes son reconocidas”. Se quejó además de que no se hicieran otras investigaciones. “El resultado suscita dudas por eso solicito la absolución”. Aclaró que para la defensa también el informe sobre del supuesto escape de Palezzesi es falaz. Y afirmó que el “sentido común” no explica para qué fue llevado el cuerpo de Pocho a Buenos Aires. “No resiste ninguna lógica”, manifestó.
Finalmente se opone “al agravamiento de la pena” solicitado por la fiscalía y también al pedido de la querella. Le pide al Tribunal que no les dé curso.
En otro tramo solicitó que se verifiquen las licencias que los imputados tomaron en agosto de 1979. Y en cuanto a Barreiro dijo que “no se lñe puede aplicar el sesgo confirmatorio en 1979”. La letrada señala que “la prueba no alcanza”. Manifiesta que el pedido no está fundado. También defendió las domiciliarias otorgadas porque son personas mayores y solicitó la absolución por duda.
El próximo martes 11 de abril, a las 12, los imputados tendrán la posibilidad de la última palabra. Luego, el tribunal conformado por Julián Falcucci, Fabián Asís, y la jueza María Noel Costa, informará cuanto durará el intervalo para luego dar a conocer la sentencia. El Juicio es oral y público. Mayores de 18años, asistir con DNI.
*Periodista. Agencia Prensared. Fotos gentileza APM.